A la reunión han asistido la vicepresidenta de la Confederación Española de la Economía Social (CEPES), Arantza Laskurain, el presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Sebastián Reyna, el presidente de la Federación Española de Autónomos (CEAT), Pedro Barato, la secretaria general de la Unión de Asociaciones de trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE), María José Landáburu, y el presidente de la Federación de Organizaciones de Profesionales (FOPAE), Camilo Abieta
En el transcurso de la reunión, Fátima Báñez ha anunciado que el Consejo de Ministros aprobará próximamente dos importantes normas para fomentar el emprendimiento y la Economía Social, así como una nueva regulación de las sociedades laborales.
En primer lugar, la futura Ley de actualización de la normativa en materia de autoempleo y de fomento y promoción del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, un texto que ordena y sistematiza en el Estatuto de Trabajo Autónomo y en la ley de Economía Social todos los incentivos en el ámbito de Empleo y Seguridad Social previstos para el autoempleo y la Economía Social, para proporcionar así una mayor transparencia y seguridad jurídica.
Más incentivos a los autónomos
La
nueva norma también refuerza y amplía los incentivos a los trabajadores
autónomos. Así, se amplía a todos los grupos de edad la
compatibilización del cobro de la prestación con el inicio de una
actividad emprendedora durante un máximo de 9 meses.
También se abre a todos los autónomos, con independencia de su edad, la posibilidad de capitalizar en un pago único hasta el 100% de la prestación por desempleo.
De esta forma, y para iniciar una actividad por cuenta propia, la prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas: capitalizando el 100% en un único pago, capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.
Además se extienden los supuestos de la tarifa plana de 50 euros a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género y se amplían los incentivos que contemplaba para las personas con discapacidad.
Igualmente se refuerzan los mecanismos de segunda oportunidad utilizando como palanca la propia prestación por desempleo, al permitir la reanudación del cobro de la prestación hasta cinco años después de haber iniciado una actividad por cuenta propia.
Asimismo, el texto incluye medidas para fomentar la contratación, entre las que destaca permitir que los autónomos acogidos a la tarifa plana puedan contratar sin perder los incentivos, al tiempo que se amplían los previstos para los familiares colaboradores.
Y además, se refuerzan los mecanismos de protección de los autónomos, especialmente para los autónomos económicamente dependientes.
También se abre a todos los autónomos, con independencia de su edad, la posibilidad de capitalizar en un pago único hasta el 100% de la prestación por desempleo.
De esta forma, y para iniciar una actividad por cuenta propia, la prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas: capitalizando el 100% en un único pago, capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.
Además se extienden los supuestos de la tarifa plana de 50 euros a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género y se amplían los incentivos que contemplaba para las personas con discapacidad.
Igualmente se refuerzan los mecanismos de segunda oportunidad utilizando como palanca la propia prestación por desempleo, al permitir la reanudación del cobro de la prestación hasta cinco años después de haber iniciado una actividad por cuenta propia.
Asimismo, el texto incluye medidas para fomentar la contratación, entre las que destaca permitir que los autónomos acogidos a la tarifa plana puedan contratar sin perder los incentivos, al tiempo que se amplían los previstos para los familiares colaboradores.
Y además, se refuerzan los mecanismos de protección de los autónomos, especialmente para los autónomos económicamente dependientes.
Economía Social
La
Economía Social es una fuente de creación de empleo estable, pero es
además una importante plataforma de acceso al empleo para aquellos que,
por sus especiales circunstancias, encuentran mayores dificultades de
inserción laboral o que se encuentran en riesgo de exclusión social.
Para seguir avanzando en este ámbito, el anteproyecto de Ley incluye medidas para facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social. Para ello, se amplían las bonificaciones que existían para los jóvenes y crea una nueva para mayores de 30 años.
Asimismo, se reconoce a los Centros Especiales de Empleo, a las Empresas de Inserción, a las cooperativas y a las sociedades laborales, como entidades prestadoras de servicios de interés económico general. También se introduce la participación de las empresas de inserción en los procedimientos de adjudicación de contratos con reserva de participación en el sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora se limitaba a los Centros Especiales de Empleo.
Por último, el texto incluye actuaciones para favorecer la inserción laboral de las personas en riesgo de exclusión. Para ello, y con el objetivo de facilitar la transición de los trabajadores desde las empresas de inserción a la empresa ordinaria, se amplía la bonificación existente en las cuotas empresariales por la contratación de dichos trabajadores.
Para seguir avanzando en este ámbito, el anteproyecto de Ley incluye medidas para facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social. Para ello, se amplían las bonificaciones que existían para los jóvenes y crea una nueva para mayores de 30 años.
Asimismo, se reconoce a los Centros Especiales de Empleo, a las Empresas de Inserción, a las cooperativas y a las sociedades laborales, como entidades prestadoras de servicios de interés económico general. También se introduce la participación de las empresas de inserción en los procedimientos de adjudicación de contratos con reserva de participación en el sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora se limitaba a los Centros Especiales de Empleo.
Por último, el texto incluye actuaciones para favorecer la inserción laboral de las personas en riesgo de exclusión. Para ello, y con el objetivo de facilitar la transición de los trabajadores desde las empresas de inserción a la empresa ordinaria, se amplía la bonificación existente en las cuotas empresariales por la contratación de dichos trabajadores.
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