Antes de profundizar en nada tenemos que aclarar si efectivamente el trabajador autónomo tiene derecho a huelga. Según la Sentencia del Tribunal Constitucional 11/1981,
el derecho de huelga se reconoce a quienes prestan sus servicios por
cuenta ajena en régimen laboral, esto es, a los titulares de un contrato
de trabajo, tanto en el ámbito privado como en el sector público, excluyendo expresamente a los trabajadores autónomos.
Pero
en este artículo no vamos a atender al concepto legalmente entendido
como “huelga”, entenderemos dicho concepto de manera ordinaria o
informal, en el que, un colectivo de trabajadores independientemente de
su tipología de relación laboral deciden establecer un paro voluntario
en su trabajo sin que conste un cierre patronal y que, en simultáneo, se
suspenda la cotización a la Seguridad Social sin baja en Hacienda
durante el periodo de inactividad voluntaria.
Pues bien, no es necesario decir que el trabajador autónomo es el gran discriminado en este país, al que poco o ningún beneficio se la ha otorgado durante los últimos años de desequilibrio económico.
Como bien sabemos en España para ser autónomo es necesario hacer frente a una cuota mensual mínima de 260 euros.
El autónomo debe, además, hacer frente a declaraciones trimestrales de
IVA y de IRPF, cuyas cantidades variarán en función de la facturación y
del tramo de cotización. Si lo comparamos con otros países de la Unión
Europea vemos que estos trabajadores se encuentran en una situación
precaria, sin embargo y a pesar de ello actualmente representan un 20% de la población activa en España.
Ante
esta situación se ha planteado en más de una ocasión acudir a esta
“huelga” por parte de los trabajadores autónomos, en forma de protesta,
como medida ante el caso omiso a las quejas de estos profesionales. Si
atendemos a los datos registrados en junio de 2014, el número de trabajadores autónomos en España asciende a 3.115.747 personas.
Hagamos entonces unos cálculos estimados poniendo de media la cuota de
264,44 € (como mínimo) a la que deben hacer frente estos trabajadores:
3.115.747 trabajadores x 264,44€ (1 mes) = 834.505.737 €
La pérdida de un mes de cupones autónomos supondría una caída de más de 834 millones de euros
por parte del Estado. Parece ser que el Estado no es consciente de lo
que significa esta masa ocupacional y la desatiende en pos de otros
intereses.
Parece ser que las medidas recientemente adoptadas por el Gobierno, en las que se rebajan las retenciones en el IRPF de los autónomos al 19% en 2015, no son más que medidas de marcado carácter electoralistas, sobre todo teniendo en cuenta que este mismo Gobierno aprobó la subida de esa cotización en 2012 del 15% al 21%.
Cabe
mencionar aquí el articulo escrito por Regla María Gómez, una
periodista autónoma, que nos explica cuánto tiene que ingresar para
cobrar 938 €. (artículo regla maría)